Si está interesado en algún curso dirigido al desarrollo o adaptación de las cualificaciones profesionales de sus empleados para mejorar el desempeño de trabajo,su cuantía podrá ser parcial o totalmente sujeta a bonificacion.
¿Qué empresas se pueden beneficiar?
Cualquier empresa con centro de trabajo en el territorio nacional, coticen por la contingencia de formación profesional para sus trabajadores y se encuentren al corriente en los pagos a la Tesorería de la Seguridad Social y Hacienda. Podrán beneficiarse de la formación de trabajadores asalariados (excluidos los de administración publica) y otros colectivos que coticen en concepto de formación profesional.